Estos son algunos de los puntos más importantes en el dictamen por el que se despenalizó el uso lúdico de la marihuana en el país.
-Las personas mayores de 18 años podrán consumir cannabis psicoactivo.
-Se amplía de cinco a 28 gramos la posesión para autoconsumo. Quien tenga en su posesión de 28 a 200 gramos se hará acreedor a sanciones administrativas y multas por posesión simple, mientras que quien tenga en su poder de 201 gramos a 28 kilos se considerará narcomenudeo. La posesión de 28 kilos en adelante se considerará narcotráfico.
-La cantidad de plantas de cannabis que las personas pueden tener en su casa también fue ampliada, pues quienes vivan solos podrán poseer 6, mientras que dos o más consumidores que vivan en una misma casa podrán mantener un total de 8 plantas.
-Los consumidores ya no deberán tener barreras físicas que eviten que otras personas no consumidoras aspiren el humo, también se elimina la facultad del Ministerio Público para hacer revisiones domiciliarias a consumidores registrados.
-También se prevé la liberación inmediata de personas procesadas o sentenciadas por posesión simple. En un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor del decreto, deberán eliminarse los antecedentes penales de estas personas.
-En un plazo no mayor a seis meses, deberá desarrollarse un programa nacional de prevención y tratamiento de adicciones con énfasis en el no consumo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo, enfocado a niños y adolescentes
-En documento prevé la prohibición del consumo de marihuana en establecimientos comerciales, escuelas públicas y privadas, instalaciones gubernamentales, así como en todos aquellos sitios en el que el consumo de tabaco esté prohibido. Habrá sanciones para quienes consuman en lugares abiertos en donde puedan acceder niños y adolescentes.
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